Restricciones de Tráfico en Madrid (enero 2017)
Restricciones de tráfico en distintos distritos de Madrid los días 3, 4 y 5 de enero de 2017
Debido a los recientes atentados en Berlín y Niza, por motivos de seguridad se prohíbe circular a todos los vehículos de más de 3.500 kg. de M.M.A, destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas los días y horas que se especifican a continuación:
Cabalgata Principal (Distritos de Centro, Salamanca y Retiro)
Desde las 16:30 horas hasta las 22:30 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Chamartín:
Desde las 16:00 horas hasta las 21:00 horas del día 3 de enero de 2017.
Distrito de San Blas-Canillejas:
Desde las 16:30 horas hasta las 21:00 horas del día 4 de enero de 2017.
Distrito de Fuencarral- El Pardo:
Desde las 16:30 horas hasta las 21:30 horas del día 4 de enero de 2017.
Destacar que en este mismo Distrito se celebra otra Cabalgata que trascurre por el Barrio de Las Tablas:
Desde las 16:30 horas hasta las 20:00 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Usera:
Desde las 16:00 horas hasta las 21:00 horas del día 4 de enero de 2017.
Distrito de Ciudad Lineal:
Desde las 17:00 horas hasta las 23:00 horas del día 4 de enero de 2017.
Distrito de Moratalaz:
Desde las 16:30 horas hasta las 22:00 horas del día 4 de enero de 2017.
Distrito de Villa de Vallecas:
Desde las 16:30 horas hasta las 22:00 horas del día 4 de enero de 2017.
Distrito de Villaverde:
Desde las 17:00 horas hasta las 22:30 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Hortaleza:
Desde las 17:00 horas hasta las 22:15 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Latina:
Desde las 16:00 horas hasta las 23:00 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Carabanchel:
Desde las 16:00 horas hasta las 20:00 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Vicálvaro:
Desde las 16:30 horas hasta las 20:30 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Barajas:
Desde las 17:00 horas hasta las 22:00 horas del día 5 de enero de 2017.
Distrito de Puente de Vallecas:
Desde las 17:00 horas hasta las 20:30 horas del día 5 de enero de 2017.
Excepciones de Restricciones de tráfico
Quedarán exceptuados de la prohibición impuesta los vehículos que obtengan una autorización expresa de la Dirección General de la Policía Municipal como medida excepcional:
Para solicitar la autorización se debe:
Enviar un correo electrónico a seguridademergencias@madrid.es antes de las 00:00 horas del día 3 de enero de 2017.
Este correo debe contener como mínimo la siguiente información:
A/ Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.
B/Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretende acceder a las zonas objeto de las restricciones. En el caso de que se produzca alguna discordancia entre los datos del vehículo facilitados al realizar la solicitud y el vehículo que pretenda entrar en las zonas objeto de las restricciones, los Agentes actuantes denegarán el paso al mismo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.
C/En el caso de ser un vehículo destinado al transporte de mercancías, se deberá incluir un manifiesto de la carga que se porta. Los Agentes actuantes realizarán, si lo estiman necesario, comprobaciones tendentes a verificar si la carga portada se corresponde con lo manifestado. En el caso de discrepancias podrán denegar el paso al vehículo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.
D/ Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de la solicitud, bien cómo conductor/es, bien cómo acompañantes o pasajeros. En el caso de que los Agentes actuantes detecten en el interior del vehículo persona/s diferentes a las sometidas a la autorización, o existan discrepancias en cuanto a las filiaciones, denegarán el paso al mismo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.
E/ En base a criterios exclusivos de seguridad, la Dirección General de Policía Municipal, considerará en cada caso concreto, si procede o no autorizar la excepción a las medidas adoptadas mediante la presente Resolución.
F/La autorización se realizará por escrito y de forma expresa y será remitida a la dirección de correo electrónico que facilite el interesado. El silencio administrativo será interpretado de forma negativa. En dicha autorización figurarán todos los datos del solicitante y que se enumeran en los puntos anteriores.
G/Para circular por las zonas objeto de las restricciones, será condición indispensable el mostrar a los Agentes actuantes la autorización extendida por la Dirección General de la Policía Municipal. Además de la mera exhibición, será necesaria la absoluta coincidencia entre los datos de la solicitud y el vehículo y personas que pretendan circular dentro del perímetro de seguridad.