Propuesta de Fetransa sobre restricciones N-340
Propuesta elevada al Subdirector General de la Gestión de la Movilidad de la Dirección General de Tráfico en relación con la restricción a la circulación de vehículos pesados en la N-340.

Sr. Don Federico Carmelo Fernández Alonso
Subdirección General de la Gestión de la Movilidad
Dirección General de Tráfico
C/ Josefa Valcárcel, 28
28027 – Madrid
En Madrid, a 10 de junio de 2014.
Estimado Sr.:
El pasado 8 de abril de 2014 se publicó en el BOE la “Resolución de 4 de abril de 2014, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establece la medida de restricción a la circulación de vehículos de más de 7500 kilogramos de masa máxima autorizada (M.M.A.) en la carretera N-340 tramo Oropesa – Nules de la provincia de Castellón”, y a pesar de que se trata de una medida con carácter temporal, está afectando negativamente a todos nuestros asociados del sector del transporte de contenedor marítimo, dado que las rutas que estos realizan tienen su origen y destino en los puertos de Castellón, Valencia y Tarragona, principalmente, y los servicios de transporte de contenedores marítimos en la zona afectada es realizado mayormente a la industria local, esto es, a las azulejeras, lo que conlleva necesariamente la circulación por la N-340. Como ejemplo, en el Puerto de Castellón la carga en la zona azulejera supone más del 90% del tráfico de contenedores.
Actualmente nuestros asociados se están encontrando con la problemática de que para ir a cargar desde el Puerto de Castellón a la zona de Almazora, Villarreal, Nules, Xilches, Vall D´Uxó, entre otras, tienen que hacer uso de una ruta de acceso a la CV-10, que es la permitida, la CV-17, dicha vía únicamente dispone de un carril en cada sentido y en infinidad de ocasiones está saturada dado que es la misma que se utiliza para ir a Onda y a Alcora por ser la mejor ruta y más corta para acceder a la CV-17, como antes se ha indicado, primero deben hacerlo a través de la CV-189, lo que conlleva atravesar toda la circunvalación de Castellón, congestionando el tráfico de la ciudad, siendo ello aún más gravoso que lo que se pretende al restringir la circulación por la N-340, pues ello, puede aumentar la siniestralidad y no mejora en absoluto la seguridad vial. Desde otros puertos nuestros asociados encuentran la misma problemática pero en sentido opuesto.
De no establecerse una excepción a dicha Resolución se tendría que utilizar como ruta alternativa para la salida sur del Puerto de Castellón la CV-18, la cual debe comprenderse que no es una buena opción, por las razones que a continuación se exponen:
1) Es inviable no utilizar la N-340, ya que, cuando se acaba esta vía entre la salida 958 de la N-340 y la confluencia de la N-340 con la CV-10 o viceversa, se está obligado a circular por la misma.
2) La CV-18 es una vía denominada por la comunidad valenciana “Vía Parque”, que se puede considerar la misma como urbana, ya que absorbe casi todo el tráfico de poblaciones como Almazora, Burriana, y buena parte de Nules, Grao de Castellón y el propio Castellón. Según los informes técnicos, esta vía no es aconsejable para este tipo de tráfico.
3) Nuestros camiones son vehículos lentos, que pueden llegar a cargar hasta 42,000 Kg. estando esta vía llena de rotondas, con lo que ello repercute en el mayor consumo de carburante, desgaste de motor, ruedas, embrague, frenos y averías mecánicas, pero lo peor es que en estas rotondas, por el tipo de vía de que se trata, no son las típicas en las que se hace un uso de entrar y pasarla girando 180º, o lo que “dijéramos recta”, sino que muchísimas veces los usuarios con sus turismos, motocicletas, ciclomotores, incluso, bicicletas, realizan giros de 270º con lo que se incrementa en gran medida el riesgo de que se produzcan accidentes.
Al igual que se ha planteado la excepción, para aquellos vehículos cuyo origen o destino de las mercancías que transportan, de acuerdo a la carta de porte o documentación equivalente, se encuentren en las localidades a las que sólo puede accederse desde N-340, en el trayecto mínimo, y para aquellos vehículos dedicados al servicio de auxilio en carretera, le solicitamos que mediante la tramitación procedimental pertinente se aplique la excepción a los vehículos que realizan transportes de mercancías en contenedor cuyo origen y destino se encuentre en el Puerto de Castellón o la zona industrial afectada desde otros puertos.
Con la excepción que se propone se evitarían los graves perjuicios que la medida está generando al transporte de mercancías por carretera en contenedor como la disminución de la seguridad vial (se deben atravesar con vehículos de hasta 42 tns de MMA localidades, rotondas, circunvalaciones y carreteras urbanas), el incremento del riesgo de la siniestralidad, el aumento de los recorridos con el sobrecoste que ello conlleva o el aumento de emisiones de CO2 con el deterioro medioambiental que ello genera, entre otros.
En la confianza de que la presente petición sea amablemente atendida y quedando a su entera disposición para cuantas aclaraciones pueda precisar, se despide atentamente,
Jorge Somoza Martín
Secretario Técnico de FETRANSA.







